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Mostrando las entradas etiquetadas como Discriminación directa por razón de sexo

Protección lactancia natural en trabajo nocturno o a turnos

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19 de septiembre de 2018. Sentencia  del Tribunal de Justicia en el asunto C-41/17 .17.González Castro Las trabajadoras que  han dado a luz o se encuentran en período de lactancia con trabajo a turnos o desempeñan su trabajo parcialmente en horario de nocturno, tienen derecho a la protección específica contra los riesgos que este trabajo puede presentar. Además en estos casos juega la inversion de la carga de la prueba prevista en la Directiva  92/85. Cuando los hechos sugieren que la empresa no incluyo en su evaluación de riesgos un supuesto que tuviese en cuenta las circunstancias en las podía encontrarse una trabajadora que hubiese dado a luz o se encontrase en periodo de lactancia y que realizase un t rabajo a turnos o durante el periodo nocturno, nos encontramos ante un supuesto de discriminación por razón de sexo. Las empresas  deben tener presente que en las evaluaciones de riesgos deben incluirse un examen específico que tenga en cuenta la situación...

La edad de jubilación debe ser igual para mujeres y hombres

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  ¿Puede una norma nacional establecer diferencias en torno a la edad a la que pueden jubilarse los trabajadores en función del sexo de éstos?. Auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 7 de febrero de 2018. Tomando como punto de partida lo establecido en la Directiva 2006/54 y en el artículo 21 de la Carta de Derechos Fundamentales, la respuesta habría de ser negativa. Pero la Corte de apelación de Roma, ante la opción dada por el legislador nacional de permitir el acceso gradual a la edad de jubilación de los bailarines de la Fundación del Teatro de la Opera de Roma (47 años para las mujeres y de 52 para los hombres), admitió que ello era posible y despidió a las bailarinas que habían alcanzado la edad límite para mantenerse en activo. A todos nos resulta ya incongruente que pueda existir una norma nacional para establezca una edad de jubilación diferenciada según el sexo del trabajador. La normativa italiana establecía que el empresario podía despedir...

Cálculo de laprestacion por desempleo para trabajadores a tiempo parcial

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El Tribunal de Justicia admite que el cálculo de la prestación por desempleo en España es discriminatorio por sexista STJUE 9 de noviembre de 2017 María Begoña Espadas recio y Servicio Público de Empleo Estatal -SEPE-            El principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social está garantizado por el ordenamiento europeo , en virtud de la Directiva 79/7/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1978.           Asimismo, dicho principio resulta de aplicación a los trabajadores que prestan servicios a tiempo parcial, dado que el Acuerdo Marco sobre el trabajo a tiempo parcial, de 6 de junio de 1977, tiene por objeto garantizar la supresión de las discriminaciones a tiempo parcial y mejorar la calidad del trabajo a tiempo parcial para todos los trabajadores de la Unión Europea.          ...