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No es discriminatorio para el padre que el permiso de paternidad sea inferior al de maternidad

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      El Tribunal Constitucional, en su Sentencia de 117/2018, de 16 octubre de 2018, ha tenido ocasión de analizar si puede considerarse discriminatorio el hecho de que el permiso de maternidad tenga una duración superior al permiso de paternidad. Y, más concretamente, si existe un derecho legal del padre biológico a percibir el subsidio por paternidad con la misma extensión y duración que la establecida legalmente para el subsidio de maternidad (dieciséis semanas).       Debe partirse de una premisa: en el supuesto de paro o “maternidad biológica”, la finalidad primordial que perseguir el legislador es la protección de la salud de la mujer trabajadora (STC 75/2011, de 19 de mayo). El legislador ha juzgado como situación merecedora de protección en materia laboral y por el régimen público de la seguridad social el supuesto de parto, en el que la suspensión del contrato de trabajo con reserva de puesto de la legislación laboral pretende preservar la salud de la trabajadora emb