Encadenaminento de contratos temporales en la Administración Pública
El encadenamiento de contratos temporales en la Administración Pública y en las empresas públicas es una práctica abusiva según el Tribunal de Justicia de la Unión Euopea El encadenamiento de contratos temporales para cubrir puestos permanentes es una práctica abusiva, según la reciente Sentencia del TJUE de 14 de septiembre de 2016, asunto Pérez López, C-16/15, que viene a poner de actualidad un tema abordado en otras sentencias recientes : asunto Kücük (26-1-2012) y asunto Márquez Samohano (13-3-2014). La renovación de contratos o relaciones laborales de duración determinada para atender a necesidades que en realidad no tienen carácter temporal, sino muy al contrario permanente y duradero, no está justificada a efectos de la cláusula 5, punto 1, letra a), de la Directiva 1999/70/CE del Consejo de 28 de junio de 1999 relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinad a ( Sentencias TJUE de 26 de enero de 2012, asunto...